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Ayer, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) emitió una nueva comunicación que introduce cambios tanto en la Comunicación A 7766 como en la Comunicación A 7433. A continuación, se presenta un resumen conciso de estos cambios.

Ayer, el Banco Central implementó cambios en las regulaciones cambiarias a través de una nueva Comunicación, lo cual tiene un impacto directo en las actividades de las empresas que operan en Comercio Exterior. Estos cambios se realizaron mediante modificaciones en la Comunicación A 7766, que fue publicada la semana pasada, así como en la Comunicación A 7433. ¿Cuál fue la razón detrás de estos cambios?
Las modificaciones de la Comunicación A 7766.
Se establece que las entidades financieras solo podrán permitir el acceso al mercado de cambios para realizar pagos de importaciones de bienes de acuerdo a lo establecido en los puntos 8.1 a 8.6 de la Comunicación A 7622 y sus complementarias, siempre y cuando se cumplan las siguientes condiciones: 1.1 El pago corresponda a una declaración SIRA que haya obtenido el estado "SALIDA" hasta el 11.5.23. Es importante destacar esta aclaración, ya que previamente no se especificaba qué sucedía con las declaraciones SIRA que se oficializaran a partir del 12.05.23, y no se mencionaba qué sucedía con aquellas declaraciones que ya habían sido aprobadas antes de esa fecha y no tenían un plazo de cero días. Esto generó numerosos problemas esta semana para realizar pagos dentro de las excepciones. 1.2 El pago se refiere a una declaración SIRA que obtuvo el estado "SALIDA" a partir del 12.05.23 y la entidad constató que a la declaración se le asignó un plazo de cero días corridos, y exista un registro aduanero pendiente.
Las modificaciones de la Comunicación A 7433, en particular, atención a los Fletes.
Se deroga la excepción establecida en el punto 2 de dicha comunicación para el código concepto S02 - Servicios de fletes. Esto implica que las entidades financieras ahora deberán solicitar una declaración aprobada a través del Sistema (SIRASE) para permitir el acceso al mercado de cambios y realizar pagos por servicios de fletes. Esta modificación es importante, ya que a partir de ahora se requerirá tramitar una declaración SIRASE para los pagos de fletes, a diferencia de la situación anterior donde estaban exentos. Sin embargo, esta medida permite ajustarse a los cambios introducidos recientemente en los plazos de pago de fletes.
Les dejamos el link a la nueva comunicacion. https://www.bcra.gob.ar/Pdfs/comytexord/A7771.pdf
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